En MV-Abogados, como especialistas en Derecho Penal en Zaragoza, recibimos con frecuencia consultas sobre casos relacionados con drogas. Una de las dudas más habituales es distinguir cuándo la conducta se considera delito de tráfico de drogas y cuándo puede tratarse de posesión para autoconsumo.
Esta diferencia es crucial, ya que determina si hablamos de una infracción penal con penas de prisión o de una mera infracción administrativa.
⚖️ ¿Qué es la posesión de drogas para autoconsumo?
La posesión de drogas para consumo propio no constituye delito en España, siempre que se cumplan ciertos requisitos.
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El consumo debe ser personal y próximo en el tiempo.
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La cantidad de droga no puede exceder los límites orientativos establecidos por la jurisprudencia.
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No debe haber indicios de que la sustancia esté destinada a terceros (bolsas dosificadas, básculas, dinero en efectivo, etc.).
👉 En este caso, la consecuencia legal suele ser una sanción administrativa (multa) si la posesión se produce en lugares públicos, en virtud de la Ley de Seguridad Ciudadana.
🚨 ¿Cuándo hablamos de delito de tráfico de drogas?
El delito de tráfico de drogas está regulado en el artículo 368 del Código Penal y comprende conductas como:
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Cultivar, elaborar o traficar con drogas.
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Promover, favorecer o facilitar el consumo por terceros.
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Poseer drogas con intención de distribución o venta.
En este caso, las penas pueden variar:
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3 a 6 años de prisión y multa para drogas que causan grave daño a la salud (cocaína, heroína, etc.).
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1 a 3 años de prisión y multa para drogas menos dañinas (hachís, marihuana, etc.).
📌 Criterios que utilizan jueces y tribunales
Para diferenciar entre posesión para consumo o tráfico, los tribunales tienen en cuenta:
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Cantidad de droga incautada (existen tablas orientativas de consumo medio de cinco días).
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Presentación de la sustancia (dosis preparadas para venta o consumo inmediato).
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Existencia de útiles para el tráfico (balanzas, dinero fraccionado, contactos).
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Conducta del acusado en el momento de la intervención.
👩⚖️ El papel del abogado penalista en Zaragoza
Enfrentarse a un procedimiento por drogas puede cambiar radicalmente la vida de una persona. Por eso es esencial contar con un abogado penalista en Zaragoza que analice tu caso y determine si realmente la conducta encaja en un delito de tráfico o si puede defenderse como posesión para autoconsumo.
En MV-Abogados:
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Estudiamos la legalidad de los registros y pruebas.
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Impugnamos informes que no acrediten el tráfico.
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Defendemos la calificación más favorable para el acusado.
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Negociamos reducciones de pena o alternativas en casos necesarios.
✅ Conclusión
La diferencia entre el delito de tráfico de drogas y la posesión para autoconsumo es fundamental, ya que marca la frontera entre una sanción administrativa y una condena penal con penas de prisión.
📞 Si te enfrentas a un caso relacionado con drogas, en MV-Abogados Zaragoza podemos asesorarte y garantizar tu mejor defensa. ¡Contacta con nosotros!.







