Normalmente solo el 20-25% de los pasajeros reclama a las compañías aéreas los retrasos, cancelaciones o denegaciones de embarque, valiéndose las compañías de lo que a nosotros nos gusta llamar como «Coeficiente de aburrimiento del consumidor» valiéndose las compañías del mismo como forma de negocio, pues retrasan o evitan el pago de indemnizaciones con la esperanza de que a los usuarios «se les pase el enfado» extremo que sucede en la mayoría de casos.
Los supuestos reclamables y las indemnizaciones correspondientes se encuentran reguladas por el CONVENIO MONTREAL de 28 de mayo de 1999 y el REGLAMENTO (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004.
Es imprescindible que los consumidores conozcan sus derechos en supuestos como Retrasos, Cancelación, Denegación de embarque u Overbooking, Rotura de maletas, Cobro por asientos, cobro de maleta de mano, gastos y aparejados a todas estas circunstancias que pueden suceder.